REGISTRO Y REGULARIZACIONES DE OBRAS

¿Qué es?

Las obras privadas son registradas ante el B.P.S. mediante las siguientes
modalidades:

* Obra por Administración. Son aquellas en las que el propietario de la obra
tiene a su cargo la administración de la obra, presentación de planillas y pago
de aportes.

* Obra por Contrato. Son aquellas realizadas mediante contrato con una
empresa constructora, la que se hace cargo de la administración de la obra y
pago de aportes de Impuesto a las Retribuciones Personales y Fondo de
Reconversión Laboral por su personal. Las planillas y nóminas por el personal
son presentadas con la firma de propietario de la obra y de la empresa
contratista.  

* Obra de menor cuantía. Son obras por contrato que no requieren permiso de
construcción y en las que se efectúan trabajos de pequeña cuantía que
demandan para su ejecución mano de obra no mayor a 85 jornales. En estos
casos las empresas pagan los aportes –que oportunamente percibieron de
sus contratantes-, también en estos casos sin perjuicio de la responsabilidad
de los propietarios.

* Obras menores a 30 jornales. En las obras por administración menores a 30
jornales de medio oficial, realizadas por personal no constituido como empresa
y que no requieren permiso municipal de construcción, se adoptó un
procedimiento especial de registro y cierre de la obra en el mismo acto,
simultáneo con el pago de las obligaciones pertinentes (R.D. 25-25/2004, de
4.08.04). Se incluyen en este tipo de obras, por ejemplo: renovación de baños,
refacción de cocinas, sustitución de revestimientos y/o pavimentos, trabajos de
revoque y/o pintura de una o más habitaciones, reparaciones menores,
colocación de rejas, sustitución de aberturas sin modificación de vanos, etc.

¿Qué se necesita para realizarlo?

Dependerá del modo en el cual fue inscripta la obra, pero lo que se puede tener en cuenta para estos casos son los plazos y multas; por lo general las inscripciones se realizan en un plazo de 48 hs contando el inicio de la obra, pasado dicho plazo se deberá abonar una multa de 1 UR.

 Nuestro Servicio Comprende:

  • Relevamiento de la Información

  • Llenado de formularios y planillas
  • Firma Tecnica en caso de solicitarlo
  • Presentación de todos los recaudos técnicos anteriormente mencionados ante BPS para el inicio del trámite

 

Telefax. (598)  2220  1709 – Cel. (598) 94 165 170
E-mail: obras@fernandogomez.com.uy

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